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Información al usuario

Baner Información al usuario

DERECHOS DEL USUARIO DE SERVICIOS PROFESIONALES

1

Solicitar la información profesional del encargado de la prestación de servicios

2

Ser informado con claridad y oportunamente sobre la condición de salud de su ejemplar, las opciones terapéuticas, riesgos y condiciones de prestación de los servicios

3

Conocer la necesidad y costos de los servicios, previo a su prestación, para autorizar o no su práctica

4

Solicitar la historia clínica y soportes que la acompañen resultados de exámenes, interconsultas, entre otros


DEBERES DEL USUARIO DE SERVICIOS PROFESIONALES

Se entiende por usuario la persona que ha solicitado servicios profesionales para ejemplares de su propiedad o por delegación de su propietario.

El buen curso de los servicios exige compromiso del profesional y del usuario, correspondiendo a este último los siguientes deberes:

1

Dar un trato amable y respetuoso al profesional y equipo de trabajo

2

Brindar información cierta y completa sobre las condiciones de salud del ejemplar, de manera oportuna y objetiva

3

Comprender que la misión profesional es de medio, luego, no es posible asegurar resultados específicos, sino, asegurar el mejor despliegue de las actividades orientadas al mejor resultado posible para el caso

4

Reconocer al profesional como detentador del conocimiento de la ciencia en ejercicio, respetando y cumpliendo sus indicaciones

5

Prestar atención a la información y registros que dan cuenta de las necesidades para la idónea prestación del servicio, considerando la seguridad que estas actividades implican para el ejemplar

6

Reconocer de manera oportuna los honorarios causados por los servicios

La función legal del Tribunal de Ética es vigilar el ejercicio profesional, procurando el mejoramiento continuo de la Medicina Veterinaria y la Zootecnia en Colombia; por ello ante esta entidad únicamente se reciben las quejas que cumplan los siguientes requisitos:

A

Que el denunciado tenga la calidad de Médico Veterinario, Médico Veterinario Zootecnista o Zootecnia

B

Que la actividad considerada contraria a la ética surja de la actividad profesional del denunciado

C

Contar con por lo menos una prueba válidamente obtenida de aquella atención que genera la inconformidad

Con esta información preliminar, se logrará establecer competencia legal para poder tramitar la queja, por lo que es necesario recordar que el Tribunal:

1

No conoce del ejercicio ilegal

2

No conoce de asuntos económicos, ni de manejos relacionados con el ámbito pecuniario

3

No es autoridad que otorgue permisos de funcionamiento a establecimientos o vigile su habilitación

4

No investiga hechos ajenos al ejercicio profesional, como actividades de peluquería y guardería, pues su práctica no exige contar con título profesional

5

Es una entidad con funciones públicas asignadas por la ley, en consecuencia todas sus decisiones se soportan en pruebas legales, guardando rigurosa observancia de los derechos y normatividad procesal.

Finalmente, en relación al quejoso persona que interpone la queja- debe recordarse que su intervención en el proceso se limita a la exposición de los hechos y entrega de los respectivos soportes, situación que aunada a la reserva legal dispuesta por el artículo 132 de la Ley 576 de 2000, solo permite informarle de la decisión que pone fin al proceso, por lo que agradecemos comprensión y actualización de información de notificación en caso de cambios.

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Fecha de publicación 30/12/2022
Última modificación 30/12/2022